miércoles, 1 de enero de 2014

Lista de los artículos que están exentos de el 8%

Como parte de la miscelánea fiscal para 2014, publicada en el Diario Oficial de la Federación, expone que dichos artículos no pagarán el impuesto de 8 por ciento aprobado en el contexto de la reforma hacendaria, considerando su importancia en la alimentación de la población.

(Con información del SAT y La Jornada)

A continuación la lista completa:

A. Cadena del trigo:
Tortilla de harina de trigo, incluyendo integral.
Pasta de harina de trigo para sopa sin especies, condimentos, relleno, ni verduras.
Pan no dulce: bolillo, telera, baguette, chapata, birote y similares, blanco e integral, incluyendo el pan de caja.
Harina de trigo, incluyendo integral.
Alimentos a base de cereales de trigo sin azúcares, incluyendo integrales.

B. Cadena del maíz:
Tortilla de maíz, incluso cuando esté tostada.
Harina de maíz.
Nixtamal y masa de maíz.
Alimentos a base de cereales de maíz sin azúcares.
C. Cadena de otros cereales:
Alimentos a base de cereales para lactantes y niños de corta edad.
Alimentos a base de otros cereales sin azúcares, incluyendo integrales.
Pan no dulce de otros cereales, integral o no, incluyendo el pan de caja.
Fundamento legal: Regla I.5.1.3 de la Resolución Miscelanea Fiscal para 2014, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2013.

(SAT)

Dichos artículos no pagarán el Impuesto Especial Sobre Produción y Servicios, de 8 por ciento, aprobado en el contexto de la reforma hacendaria.

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